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Artículo 12 de la LEY Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Fondo de Apoyos e Incentivos lo maneja la Secretaría (una dependencia del gobierno) y lo opera el SNICS (el Sistema Nacional de Inspección y Certificación de Semillas). Su funcionamiento se basa en reglas especiales que la Secretaría crea, tomando en cuenta la opinión del SNICS. Que exista este fondo no impide que se formen otros fondos privados o de la sociedad, siempre que estén relacionados con la producción y uso de semillas.

Texto oficial

Artículo 12.- El Fondo de Apoyos e Incentivos será administrado por la Secretaría y operado por el SNICS y se regirá por las reglas de operación y funcionamiento que para tal efecto sean expedidas por la propia Secretaría con la opinión del Sistema. La existencia del Fondo no limita la creación de diversos fondos privados o sociales que tengan una relación directa con la producción y uso de semillas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.