Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFPCCS_110518/14
- Ley
- LEY Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas
- Artículo
- 14
Artículo 14 de la LEY Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
La Secretaría tiene que escuchar la opinión del Sistema (que es un grupo de personas y dependencias que saben del tema) antes de hacer las reglas o los planes sobre semillas. Esto significa que no pueden tomar decisiones a solas sin consultar a los que conocen el asunto.
Texto oficial
Artículo 14.- La Secretaría, al formular la política y los programas en materia de semillas, considerará la opinión del Sistema.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.