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Ley
LEY Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares
Artículo
19

Artículo 19 de la LEY Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si hay un descuido o error en el manejo de tus datos personales, por ejemplo que se filtren o los pierdan, y eso te cause un daño grave en tu dinero o en tu honor, la persona o empresa que los cuida debe avisarte de inmediato. Así tú podrás tomar cartas en el asunto para defender tus derechos, como demandar o pedir que se arregle el problema.

Texto oficial

Artículo 19. Las vulneraciones de seguridad ocurridas en cualquier fase del tratamiento de datos personales que afecten de forma significativa los derechos patrimoniales o morales de las personas titulares le serán informadas de forma inmediata por el responsable, a fin de que pueda tomar las medidas correspondientes a la defensa de sus derechos.

Ver texto oficial de la LEY Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (pág. 6) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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