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Artículo 48 de la LEY Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si pides proteger tus datos personales y la persona dueña de esos datos muere, la solicitud se cancela. También se cancela si esa persona decide retirar su queja de manera clara y por escrito. O si después de admitir tu solicitud, aparece una razón legal que impide seguir con el trámite. Y en general, si el asunto ya no tiene sentido o pierde su propósito, el proceso se cierra.

Texto oficial

Artículo 48. La solicitud de protección de datos será sobreseída cuando: I. La persona titular fallezca; LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE LOS PARTICULARES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 14 de 24 II. La persona titular se desista de manera expresa; III. Admitida la solicitud de protección de datos, sobrevenga una causal de improcedencia, y IV. Por cualquier motivo quede sin materia la misma.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.