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Artículo 65 de la LEY Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Cuando alguien acusado de una falta entrega su respuesta al INDAUTOR, o si ya se pasó el plazo para hacerlo, el Instituto revisa el caso y decide qué pruebas se van a presentar. También ordena por su cuenta hacer las investigaciones necesarias para aclarar lo que pasó. Si el acusado no demuestra que actuó legalmente, el Instituto aplica medidas para proteger los derechos de la otra persona. Además, fija una fecha para una audiencia (que será entre 3 y 15 días después) y te avisa que se hará aunque no vayas. Antes de esa audiencia, tú y la otra parte pueden pedir una conciliación, o sea, un acuerdo con ayuda del INDAUTOR.

Texto oficial

Artículo 65. Recibida la manifestación del presunto infractor, o transcurrido el plazo concedido, el INDAUTOR dictará auto admisorio de pruebas y ordenará de oficio su preparación y cuantas diligencias sean necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los hechos en virtud de los cuales deba pronunciarse resolución. En el mismo auto mandará ejecutar las medidas precautorias si el presunto infractor no acredita la legalidad de sus actos; también señalará fecha para la audiencia de ley dentro de un plazo mayor a tres pero menor a quince días, advirtiendo que se llevará a cabo con o sin la asistencia de las partes y que, antes de la audiencia, las partes podrán solicitar la conciliación con LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS Y AFROMEXICANAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 17 de 22 intervención del INDAUTOR. En caso de que ambas partes hayan expresado voluntad de conciliar, en el mismo auto, señalará fecha y hora para conciliar antes de la audiencia de ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.