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Artículo 122 de la LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si tienes una patente o registro, puedes pedir que se corrijan errores simples, como un nombre mal escrito, pero solo si son errores de forma (no de fondo). Si el error está en las reivindicaciones (lo que protege la patente) o en lo que sirve para explicarlas, ese error tiene que ser tan obvio que cualquier persona con conocimientos técnicos lo note a simple vista. Eso sí, no puedes usar la corrección para que la patente te proteja más cosas de las que ya cubría originalmente.

Texto oficial

Artículo 122.- Será procedente la rectificación de errores de forma del título de una patente o registro, previsto en el artículo 119 de esta Ley. Si la rectificación concierne a las reivindicaciones o a los elementos que sirvan para interpretarlas, los errores deberán ser evidentes para una persona técnica en la materia. Párrafo reformado DOF 03-04-2026 El título no podrá ser rectificado de modo tal que se amplíe la protección que éste confiere.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 35) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.