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Artículo 185 de la LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si eres una empresa o asociación (una "persona moral") y quieres registrar una marca de certificación —como un sello de calidad—, primero debes demostrar que tu único negocio es certificar productos o servicios de otras personas, no venderlos tú mismo. También tienes que comprobar que la certificación es parte del objetivo de tu organización desde que la creaste. No puedes certificar cosas que tú mismo produces o vendes, porque sería un conflicto de intereses. Además, si tu marca de certificación incluye el nombre de un lugar geográfico (por ejemplo, "Queso de Cotija" o "Tequila"), solo ciertos grupos pueden pedir el registro: las cámaras o asociaciones de fabricantes o productores relacionados con ese producto, las dependencias del Gobierno Federal, o los gobiernos del estado o municipio donde se fabrica ese producto. Esto es para que solo quienes realmente pertenecen a esa zona o industria puedan usar ese nombre en la certificación.

Texto oficial

Artículo 185.- Podrá solicitar el registro cualquier persona moral legalmente constituida que acredite la actividad de certificación de conformidad con su objeto social, siempre y cuando no desarrolle una actividad empresarial que implique el suministro de productos o la prestación del servicio de la misma naturaleza o tipo que aquélla certifica. Cuando la marca de certificación esté conformada por el nombre de una zona geográfica o contenga dicho nombre u otra indicación conocida por hacer referencia a la citada zona que identifique un producto o servicio, solo podrán solicitar el registro: I.- Las cámaras o asociaciones de fabricantes o productores vinculados con el producto que se pretenda amparar con la indicación; II.- Las dependencias o entidades del Gobierno Federal, y III.- Los gobiernos en cuya zona geográfica se extraiga, produzca o elabore el producto que se pretenda amparar.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 53) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.