Artículo 195 de la LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando mandes tu solicitud al Instituto y pagues las cuotas, ellos van a revisar todos tus papeles y datos. Si ven que falta algo o que no está bien explicado, te van a avisar para que corrijas o agregues lo que haga falta. Te van a dar hasta 4 meses para que hagas esos cambios. Si no los haces en ese tiempo, tu solicitud será cancelada y ya no podrás seguir con el trámite.
Texto oficial
Artículo 195.- Recibida la solicitud por el Instituto y enterado el pago de las tarifas correspondientes, se efectuará el examen de los elementos, datos y documentos aportados. Si a juicio del Instituto, éstos no satisfacen los requisitos legales o resultan insuficientes para la comprensión y análisis de cualquiera de los elementos de la solicitud, se prevendrá a la persona solicitante para que haga las aclaraciones o adiciones necesarias, otorgándole al efecto un plazo de cuatro meses. Párrafo reformado DOF 03-04-2026 Si la persona solicitante no cumple con el requerimiento dentro del plazo otorgado, la solicitud será desechada. Párrafo reformado DOF 03-04-2026
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.