- Ley
- LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial
- Artículo
- 205
Artículo 205 de la LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los avisos comerciales, como los letreros o frases que usan los negocios para que los identifiques, siguen las mismas reglas que las marcas registradas, a menos que haya una regla especial para ellos. Esto quiere decir que, si no hay una ley que hable específicamente de los avisos, se aplican las normas generales que protegen a las marcas comerciales.
Texto oficial
Artículo 205.- Los avisos comerciales se regirán, en lo que no haya disposición especial, por lo establecido en esta Ley para las marcas. Capítulo V De los Nombres Comerciales
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.