- Ley
- LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial
- Artículo
- 236
Artículo 236 de la LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Solo puedes usar frases como "Marca Registrada", "M.R." o el símbolo ® en los productos o servicios para los que ya tengas el registro oficial de la marca. Si registraste tu marca solo para unos artículos específicos, no la puedes poner en otros diferentes. Esto aplica también para "Marca Colectiva Registrada" o "Marca de Certificación Registrada".
Texto oficial
Artículo 236.- Las leyendas "Marca Registrada", “Marca Colectiva Registrada” o “Marca de Certificación Registrada”, las siglas "M.R." o el símbolo ®, solo podrán usarse para los productos o servicios para los cuales dicha marca se encuentre registrada.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.