- Ley
- LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial
- Artículo
- 298
Artículo 298 de la LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si quieres usar un nombre de producto que está protegido por una denominación de origen (como el tequila) o una indicación geográfica (como el queso de cierta región), tienes que pedir permiso al IMPI. Necesitas declarar, bajo protesta de decir verdad, que tú mismo produces, extraes o elaboras ese producto dentro de la zona geográfica indicada. También debes comprobar que cumples con las Normas Oficiales Mexicanas o con las reglas específicas para usar ese nombre. Además, tienes que cumplir cualquier otro requisito que pida la declaración de protección.
Texto oficial
Artículo 298.- La autorización para usar una denominación de origen o indicación geográfica deberá ser solicitada ante el Instituto y se otorgará a toda persona física o moral que: I.- Declare, bajo protesta de decir verdad, que se dedica directamente a la extracción, producción o elaboración, de los productos protegidos por la declaración; II.- Declare, bajo protesta de decir verdad, que extrae, produce o elabora el producto protegido dentro de la zona geográfica determinada en la declaración; III.- Presente el documento que acredite el cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas correspondientes, cuando se trate de una denominación de origen protegida; IV.- Presente el documento que acredite el cumplimiento de las reglas de uso establecidas cuando se trate de una indicación geográfica protegida, y V.- Cumpla con los demás requisitos que, en su caso, señale la declaración.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.