- Ley
- LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial
- Artículo
- 312
Artículo 312 de la LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes permiso para usar un nombre como "Tequila" o "Queso Cotija" (una denominación de origen), te lo pueden quitar si usas ese nombre de una manera diferente a como lo dice la ley o la protección. También te lo pueden cancelar si no pones las leyendas obligatorias en la etiqueta, o si no demuestras que cumples con las reglas de calidad de la Norma Oficial Mexicana o con las reglas de uso de esa indicación. En pocas palabras, si no sigues las reglas del permiso, te lo pierdes.
Texto oficial
Artículo 312.- Procederá la cancelación de la autorización de uso de una denominación de origen o indicación geográfica protegida cuando la persona usuaria autorizada: Párrafo reformado DOF 03-04-2026 I.- La use en forma diferente a la establecida en la declaración de protección, o lo dispuesto por esta Ley; II.- Omita aplicar las leyendas o siglas a las que se refiere el artículo 302 de esta Ley; III.- No acredite el cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana que resulte aplicable, tratándose de una denominación de origen protegida, o IV.- No acredite el cumplimiento de las reglas de uso, en el caso de una indicación geográfica protegida.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.