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Artículo 58 de la LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Un modelo de utilidad es como una mejora o invento práctico que se le hace a un producto para que funcione mejor o sea más fácil de usar. Este artículo dice que ese invento se puede registrar como tuyo (para que nadie más lo copie sin tu permiso) siempre y cuando sea nuevo, es decir, que no exista ya en algún otro lado. Además, tiene que ser algo que se pueda fabricar o usar en la industria, como en una fábrica o taller. En pocas palabras, si creas una mejora útil, original y que se pueda producir, puedes registrarla para protegerla.

Texto oficial

Artículo 58.- Serán registrables los modelos de utilidad que sean nuevos y susceptibles de aplicación industrial. LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN A LA PROPIEDAD INDUSTRIAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 03-04-2026 19 de 116

Ver ley oficial en el DOF (pág. 18) ↗

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