Artículo 74 de la LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si quieres registrar un diseño industrial en México y ya pediste protección antes en otro país, este artículo te dice qué necesitas para conservar esa fecha más antigua (llamada "prioridad"). Primero, debes escribir en tu solicitud el número del trámite que hiciste en el otro país, si lo sabes o lo tienes. Segundo, tienes que entregar una copia certificada de ese trámite anterior (con traducción al español si hace falta), junto con el comprobante de pago, dentro de los 3 meses siguientes a que presentes tu solicitud en México. Si no cumples con alguno de estos requisitos, se considera que ya no quieres reclamar esa prioridad y pierdes el derecho a usarla.
Texto oficial
Artículo 74.- Para reconocer la prioridad a que se refiere el artículo 41 de esta Ley, en una solicitud de registro de diseño industrial, la persona solicitante deberá satisfacer los requisitos siguientes: Párrafo reformado DOF 03-04-2026 LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN A LA PROPIEDAD INDUSTRIAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 03-04-2026 22 de 116 I.- Señalar el número de la solicitud presentada en el país de origen, cuando se conozca o esté disponible, cuya fecha de presentación se reclame como fecha de prioridad, y II.- Exhibir una copia certificada de la prioridad reclamada y, en su caso, la traducción al español, a más tardar dentro del plazo de tres meses contados a partir de la presentación de la solicitud en México o de publicación del registro internacional que corresponda y el comprobante de pago de la tarifa. De no cumplir con los requisitos previstos en este artículo, se tendrá por no reclamada la prioridad solicitada. La persona Titular de la Dirección General establecerá mediante Acuerdo las condiciones o supuestos en los cuales no será necesaria la exhibición de la copia certificada de la prioridad reclamada.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.