Artículo 7 de la LEY Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Ministerio Público de la Federación (la Fiscalía) y el Poder Judicial de la Federación (los jueces federales) son las únicas autoridades encargadas de investigar y juzgar los delitos relacionados con hidrocarburos, gasolina, petróleo o químicos derivados. Cada uno hace su parte: la Fiscalía investiga y acusa, y los jueces deciden si hay castigo. Esto aplica solo para los delitos que están mencionados en esta misma ley, no para cualquier otro.
Texto oficial
Artículo 7.- El Ministerio Público de la Federación y el Poder Judicial de la Federación, en el ámbito de sus respectivas competencias, conocerán sobre los delitos señalados en la presente Ley. TÍTULO SEGUNDO DE LOS DELITOS COMETIDOS EN MATERIA DE HIDROCARBUROS, PETROLÍFEROS O PETROQUÍMICOS Y DEMÁS ACTIVOS
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