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Artículo 53 de la LEY Federal de Responsabilidad Ambiental

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El gobierno, el Congreso y la Fiscalía General de la República deben trabajar juntos para cuidar el medio ambiente. Esto incluye evitar que se dañe, investigar y castigar a quienes lo hagan, y ayudar a que las personas responsables se reintegren a la sociedad respetando las leyes ambientales y los acuerdos internacionales de México. La Procuraduría Ambiental y la Fiscalía tienen que hacer públicos sus planes para lograr esto. Todo esto debe ir de la mano con la política ambiental del país y con el Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Texto oficial

Artículo 53.- El Ejecutivo Federal, el Congreso de la Unión y la Fiscalía General de la República desarrollarán políticas integrales en materia de prevención de daños al ambiente; investigación, persecución, sanción y prevención general y especial de los delitos e infracciones administrativas que los ocasionan, en sus respectivos ámbitos de competencia; así como para la reinserción social de los individuos penal y ambientalmente responsables que induzcan al respeto de las Leyes ambientales y los tratados internacionales de los que México sea parte. Para tal efecto la procuraduría y la Fiscalía General de la República harán públicos los programas respectivos. Párrafo reformado DOF 20-05-2021 Estas políticas serán acordes con la formulación y conducción de la política ambiental y se llevarán a cabo en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.