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Ley
LEY Federal de Responsabilidad Ambiental
Artículo
52

Artículo 52 de la LEY Federal de Responsabilidad Ambiental

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que las reglas de esta sección se usan para resolver problemas penales relacionados con delitos contra el medio ambiente. Se aplican siguiendo lo que ya dice el Código Penal Federal y el Código de Procedimientos Penales. Además, cuando alguien dañe el ambiente y tenga que repararlo o pagar por el daño, eso se hará según lo que indica el Código Penal Federal. Básicamente, es para castigar a quienes contaminen o afecten la naturaleza, y obligarlos a arreglar el daño.

Texto oficial

Artículo 52.- Las disposiciones del presente Título serán aplicables a los conflictos penales y los procedimientos derivados de la comisión de delitos contra el ambiente y la gestión ambiental, de conformidad a lo previsto por el Código Penal Federal y el Código Federal de Procedimientos Penales. La reparación y compensación de los daños ocasionados al ambiente, que proceda en términos del Título Vigésimo Quinto del Código Penal Federal, se llevarán a cabo con arreglo a lo previsto por el

Ver texto oficial de la LEY Federal de Responsabilidad Ambiental (pág. 15) ↗

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