Artículo 108 de la LEY de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que la Unidad pueda hacer su trabajo, necesita tener empleados, oficinas y dinero. Estos recursos los decide la Cámara, basándose en lo que proponga la Comisión, y se incluyen en el presupuesto de la Cámara. Además, un reglamento hecho por la Cámara definirá qué hace cada área de la Unidad y creará las oficinas que se necesiten para que funcione bien. En pocas palabras, la Unidad depende de lo que autorice la Cámara para operar.
Texto oficial
Artículo 108.- Para el ejercicio de las atribuciones que tiene conferidas la Unidad, contará con los servidores públicos, las unidades administrativas y los recursos económicos que a propuesta de la Comisión apruebe la Cámara y se determinen en el presupuesto de la misma. El reglamento de la Unidad que expida la Cámara establecerá la competencia de las áreas a que alude el párrafo anterior y aquellas otras unidades administrativas que sean indispensables para el debido funcionamiento de la misma.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.