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Artículo 108 de la LEY de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Para que la Unidad pueda hacer su trabajo, necesita tener empleados, oficinas y dinero. Estos recursos los decide la Cámara, basándose en lo que proponga la Comisión, y se incluyen en el presupuesto de la Cámara. Además, un reglamento hecho por la Cámara definirá qué hace cada área de la Unidad y creará las oficinas que se necesiten para que funcione bien. En pocas palabras, la Unidad depende de lo que autorice la Cámara para operar.

Texto oficial

Artículo 108.- Para el ejercicio de las atribuciones que tiene conferidas la Unidad, contará con los servidores públicos, las unidades administrativas y los recursos económicos que a propuesta de la Comisión apruebe la Cámara y se determinen en el presupuesto de la misma. El reglamento de la Unidad que expida la Cámara establecerá la competencia de las áreas a que alude el párrafo anterior y aquellas otras unidades administrativas que sean indispensables para el debido funcionamiento de la misma.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 41) ↗

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