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Artículo 17 Bis de la LEY de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Auditoría Superior de la Federación —que es como el súper vigilante del dinero público— puede revisar cómo gastan los recursos las dependencias del gobierno ya sea yendo en persona o usando herramientas digitales, como computadoras o internet, según sus propias reglas. Para esto, van a tener un Buzón Digital, que es como un correo electrónico oficial, donde te pueden mandar avisos, pedir información o notificarte sobre resultados de auditorías; todo en documentos digitales. Si eres parte de las entidades fiscalizadas (como una oficina de gobierno que recibe dinero público), también puedes mandarles tus respuestas o papeles por ese mismo Buzón Digital, usando archivos certificados, o sea, documentos con firma electrónica que garantizan que son legales y seguros. Todas las revisiones que se hagan por medios electrónicos se guardarán en expedientes digitales, como si fueran carpetas en la computadora, para que quede todo registrado sin necesidad de papeles físicos.

Texto oficial

Artículo 17 Bis. Los procesos de fiscalización a que hace referencia esta Ley, podrán ser realizados por la Auditoría Superior de la Federación de manera presencial o por medios electrónicos a través de las herramientas tecnológicas y de conformidad con sus Reglas de carácter general. La Auditoría Superior de la Federación contará con un Buzón Digital, a través del cual, de manera enunciativa más no limitativa realizará la notificación de solicitudes de información preliminar, órdenes de auditoría, e informes individuales que contengan acciones, previsiones o recomendaciones, así como, en su caso, cualquier acto que se emita, los cuales constarán en documentos digitales. Por su parte, las entidades fiscalizadas presentarán solicitudes o darán atención a requerimientos de información de la Auditoría Superior de la Federación a través de documentos o archivos digitales certificados enviados a través del Buzón Digital o celebrarán los actos que se requieran dentro del proceso de fiscalización superior. Los procesos de fiscalización que se realicen a través de medios electrónicos mediante las herramientas tecnológicas constarán en expedientes electrónicos o digitales. Artículo adicionado DOF 11-01-2021 LEY DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA FEDERACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-05-2026 13 de 49

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.