Artículo 74 de la LEY de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Auditoría Superior de la Federación (que es como el "supervisor" del dinero del gobierno) tendrá que subir a una plataforma digital nacional los nombres de los funcionarios públicos y personas comunes que hayan sido castigados de manera definitiva por cometer faltas administrativas graves o actos relacionados. Esto significa que si alguien comete una falta grave (como corrupción) y ya no puede apelar la sentencia, su nombre aparecerá en ese sistema para que todos lo sepan. Es como una lista pública de los "castigados" por corrupción o malos manejos. Todo esto se hará siguiendo las reglas de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción.
Texto oficial
Artículo 74.- La Auditoría Superior de la Federación, en los términos de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, incluirá en la plataforma nacional digital establecida en dicha ley, la información relativa a los servidores públicos y particulares sancionados por resolución definitiva firme, por la comisión de faltas administrativas graves o actos vinculados a éstas a que hace referencia el presente Capítulo. Capítulo II Del Recurso de Reconsideración
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.