Artículo 10 de la LEY Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los gobiernos y oficinas del gobierno deben reportar al Ministerio Público (que es como la fiscalía o la agencia que investiga delitos) a cualquier persona que, directa o indirectamente, ayude, participe o finja causar daños a propósito. Esto lo hacen para probar de manera falsa que el Estado tiene la culpa o para recibir dinero que no les corresponde por daños, según lo que dice esta ley. Básicamente, si alguien intenta engañar al gobierno para que le pague una indemnización que no merece, las autoridades tienen que denunciarlo ante la ley.
Texto oficial
ARTÍCULO 10.- Los entes públicos tendrán la obligación de denunciar ante el Ministerio Público a toda persona que directa o indirectamente participe, coadyuve, asista o simule la producción de daños con el propósito de acreditar indebidamente la Responsabilidad Patrimonial del Estado o de obtener alguna de las indemnizaciones a que se refiere esta Ley. CAPÍTULO II De las Indemnizaciones
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.