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Ley
LEY Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado
Artículo
12

Artículo 12 de la LEY Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las indemnizaciones son pagos para reparar completamente el daño que te hayan causado. Esto incluye tanto los daños físicos o materiales como el daño moral, que es el sufrimiento emocional o psicológico. En pocas palabras, quien te perjudica debe compensarte por todo lo que hayas perdido o sufrido, no solo por una parte.

Texto oficial

ARTÍCULO 12.- Las indemnizaciones corresponderán a la reparación integral del daño y, en su caso, por el daño personal y moral.

Ver texto oficial de la LEY Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado (pág. 4) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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