Artículo 13 de la LEY Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para calcular cuánto te tienen que pagar por los daños materiales que te causaron, se van a usar las reglas que marca la Ley de Expropiación, el Código Fiscal de la Federación y la Ley General de Bienes Nacionales, entre otras leyes que apliquen. Esto significa que el monto de la indemnización se basa en el valor comercial o de mercado de lo que perdiste o dañaron, no en un valor inventado. En pocas palabras, te pagarán lo que realmente vale tu propiedad o pertenencia según los precios actuales en el mercado.
Texto oficial
ARTÍCULO 13.- El monto de la indemnización por daños y perjuicios materiales se calculará de acuerdo con los criterios establecidos por la Ley de Expropiación, el Código Fiscal de la Federación, la Ley General de Bienes Nacionales y demás disposiciones aplicables, debiéndose tomar en consideración los valores comerciales o de mercado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.