Artículo 23 de la LEY Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Después de que se termine el tiempo que marca el artículo anterior, la Sección de Enjuiciamiento (el grupo de senadores que lleva el juicio) sacará sus conclusiones tomando en cuenta lo dicho en la acusación y los alegatos (los argumentos de las partes), y propondrá un castigo para el servidor público (empleado del gobierno), explicando en qué leyes se basa. Si la Sección lo cree necesario, o si los involucrados lo piden, puede escuchar directamente a los diputados que acusan y al acusado con su abogado. También puede ordenar otras investigaciones para tener más información. Al final, entregará sus conclusiones por escrito a la Secretaría de la Cámara de Senadores.
Texto oficial
ARTÍCULO 23.- Transcurrido el plazo que se señala en el artículo anterior, con alegatos o sin ellos, la Sección de Enjuiciamiento de la Cámara de Senadores formulará sus conclusiones en vista de las consideraciones hechas en la acusación y en los alegatos formulados, en su caso, proponiendo la sanción que en su concepto deba imponerse al servidor público y expresando los preceptos legales en que se funde. La Sección podrá escuchar directamente a la Comisión de Diputados que sostienen la acusación y al acusado y su defensor, si así lo estima conveniente la misma Sección o si lo solicitan los interesados. Asimismo, la Sección podrá disponer la práctica de otras diligencias que considere necesarias para integrar sus propias conclusiones. Emitidas las conclusiones, la Sección las entregará a la Secretaría de la Cámara de Senadores.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.