Artículo 31 de la LEY Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada vez que alguien presente una denuncia o acusación contra un funcionario, la Cámara de Diputados o de Senadores tiene que turnarla (pasarla) por orden estricto a las Secciones Instructoras, que son como los equipos que investigan el caso. Esto aplica también para los requerimientos del Ministerio Público, que es la autoridad que persigue delitos. El “riguroso turno” significa que no pueden brincarse a nadie: deben seguir una lista para que todos los casos se atiendan parejo y sin favoritismos.
Texto oficial
ARTÍCULO 31.- Las Cámaras enviarán por riguroso turno a las Secciones Instructoras las denuncias, querellas, requerimientos del Ministerio Público o acusaciones que se les presenten.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.