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Ley
LEY Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos
Artículo
32

Artículo 32 de la LEY Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Nadie puede saltarse ningún paso obligatorio que marquen las reglas de los Capítulos Segundo y Tercero de esta sección. Todos los trámites que ahí se pidan se tienen que hacer completos, sin excepciones. No importa la razón, no te pueden perdonar o pasar por alto ningún requisito. Esto es para que todo el mundo siga el mismo proceso sin privilegios.

Texto oficial

ARTÍCULO 32.- En ningún caso podrá dispensarse un trámite de los establecidos en los Capítulos Segundo y Tercero de este Título.

Ver texto oficial de la LEY Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos (pág. 8) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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