Artículo 78 de la LEY Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no existe en la ley. "Derogado" significa que fue eliminado oficialmente el 18 de julio de 2016. Antes de esa fecha, el artículo 78 y todo el capítulo sobre el registro patrimonial de los servidores públicos estuvieron vigentes, pero ya no aplican. En pocas palabras, no tienes que preocuparte por lo que decía porque ya no es válido. Lo único que importa es que fue cancelado por completo.
Texto oficial
ARTÍCULO 78.- (Se deroga) Artículo reformado DOF 21-07-1992, 10-01-1994. Derogado DOF 18-07-2016 TITULO CUARTO (Se deroga) Disposición de vigencia DOF 13-03-2002. Título derogado DOF 18-07-2016 CAPITULO UNICO Registro patrimonial de los servidores públicos (Se deroga) Capítulo derogado DOF 18-07-2016
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.