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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFSA/102
Ley
LEY Federal de Sanidad Animal
Artículo
102

Artículo 102 de la LEY Federal de Sanidad Animal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si trabajas en salud animal o como veterinario, tienes la obligación de revisar que los productos que recomiendes o uses para animales tengan su registro o permiso oficial. Esto aplica tanto si eres una persona como una empresa. No puedes recomendar o aplicar medicamentos, vacunas o alimentos para animales que no estén autorizados por las autoridades.

Texto oficial

Artículo 102.- Las personas físicas o morales que desarrollen o presten cualquier actividad de salud animal o servicio veterinario, deberán asegurarse que los productos para uso o consumo animal que recomienden o utilicen, cuenten con el registro o autorización correspondiente.

Ver texto oficial de la LEY Federal de Sanidad Animal (pág. 36) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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