- Ley
- LEY Federal de Sanidad Animal
- Artículo
- 102
Artículo 102 de la LEY Federal de Sanidad Animal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si trabajas en salud animal o como veterinario, tienes la obligación de revisar que los productos que recomiendes o uses para animales tengan su registro o permiso oficial. Esto aplica tanto si eres una persona como una empresa. No puedes recomendar o aplicar medicamentos, vacunas o alimentos para animales que no estén autorizados por las autoridades.
Texto oficial
Artículo 102.- Las personas físicas o morales que desarrollen o presten cualquier actividad de salud animal o servicio veterinario, deberán asegurarse que los productos para uso o consumo animal que recomienden o utilicen, cuenten con el registro o autorización correspondiente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.