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Ley
LEY Federal de Sanidad Animal
Artículo
133

Artículo 133 de la LEY Federal de Sanidad Animal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando la autoridad te haga una inspección y encuentre fallas, te va a entregar un documento donde te dirá exactamente qué tienes que arreglar, en cuánto tiempo debes hacerlo y qué multa o castigo te toca por la infracción. También te indicará cuántos días tienes para inconformarte o impugnar esa decisión y cómo puedes hacerlo legalmente si no estás de acuerdo.

Texto oficial

Artículo 133.- En la resolución administrativa correspondiente, se señalará o, en su caso, adicionará, las medidas que deberán llevarse a cabo para corregir las deficiencias o irregularidades observadas en la inspección, el plazo otorgado al infractor para satisfacerlas y las sanciones a que se hubiera hecho acreedor conforme a las disposiciones aplicables, así como el plazo y los medios para impugnar esta resolución.

Ver texto oficial de la LEY Federal de Sanidad Animal (pág. 43) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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