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Artículo 15 de la LEY Federal de Sanidad Animal

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Las barreras de seguridad sanitaria para animales deben estar respaldadas por estudios científicos o reglas internacionales. En algunos casos, se necesita un análisis de riesgo, que es un estudio para medir qué tan probable es que una enfermedad entre a México. Todo esto depende de la situación de salud animal en la zona que te interesa y en las regiones vecinas o con las que haya comercio.

Texto oficial

Artículo 15.- Las medidas zoosanitarias estarán basadas en principios científicos o en recomendaciones internacionales y, en su caso, en análisis de riesgo según corresponda de acuerdo a la situación zoosanitaria de las zonas geográficas de que se trate y de aquellas colindantes y con las que exista intercambio comercial.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 18) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.