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Artículo 150 de la LEY Federal de Sanidad Animal

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Secretaría no te va a dar una aprobación o autorización para servicios veterinarios así nomás. Todo lo que necesitas cumplir (papeles, pasos, requisitos) está escrito en el Reglamento de esta Ley, que es como el manual detallado de las reglas. Ahí también te dicen en qué áreas o temas puedes trabajar como veterinario. Así que para tramitar cualquier permiso, primero tienes que leer ese Reglamento para saber qué te piden.

Texto oficial

Artículo 150.- Las especificaciones, requisitos, criterios y procedimientos que deberán satisfacer los interesados en obtener de la Secretaría la aprobación o autorización que se regula en este Capítulo, así como los ámbitos y las materias sobre las que podrán prestarse los servicios veterinarios, se establecerán en el Reglamento de esta Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 46) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.