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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFSA/19
Ley
LEY Federal de Sanidad Animal
Artículo
19

Artículo 19 de la LEY Federal de Sanidad Animal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría va a publicar reglas oficiales sobre cómo cuidar bien a los animales. Todo dueño o persona que tenga un animal debe vacunarlo para evitar enfermedades contagiosas y darle comida, limpieza, transporte y un lugar para vivir adecuados para su especie. También, si aplica, debe darle entrenamiento correcto para que no sufra estrés y para proteger su vida y salud. Esto aplica para cualquier tipo de animal, no solo mascotas.

Texto oficial

Artículo 19.- La Secretaría establecerá mediante disposiciones de sanidad animal, las características y especificaciones que deberán observarse para procurar el bienestar que todo propietario o poseedor de animales debe proporcionarles, a fin de que los inmunice contra las enfermedades y plagas transmisibles que los afecten y les proporcione la alimentación, higiene, transporte y albergue y en su caso entrenamiento apropiados conforme a las características de cada especie animal, con el objeto de evitar su estrés y asegurar su vida y su salud.

Ver texto oficial de la LEY Federal de Sanidad Animal (pág. 20) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.