Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 3 de la LEY Federal de Sanidad Animal

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Secretaría (que es la dependencia del gobierno encargada de estos temas) es la autoridad que debe cuidar que los animales estén sanos y reciban un trato adecuado. También se tiene que asegurar de que en las granjas y ranchos se sigan las mejores prácticas para producir animales de forma correcta. Esto aplica en los rastros con certificación especial (Tipo Inspección Federal) y en cualquier otro lugar donde maten animales o procesen productos de origen animal, como carnes o lácteos. En pocas palabras, el gobierno es el responsable de vigilar que todo el proceso, desde que el animal está vivo hasta que se convierte en alimento, se haga de manera limpia y sin maltrato.

Texto oficial

Artículo 3.- La Secretaría es la autoridad responsable de tutelar la sanidad y el bienestar animal, así como de las buenas prácticas pecuarias en la producción primaria; y establecimientos Tipo Inspección Federal, y en los demás establecimientos dedicados al sacrificio de animales y procesamiento de bienes de origen animal. Artículo reformado DOF 07-06-2012 Capítulo II Definiciones

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.