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Ley
LEY Federal de Sanidad Animal
Artículo
67

Artículo 67 de la LEY Federal de Sanidad Animal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Solo el gobierno federal, a través de la Secretaría de Agricultura, puede decidir qué reglas sanitarias deben seguir quienes quieran mover productos de origen animal (como carnes, huevos o leche) dentro del país. Los gobiernos de los estados o municipios no pueden pedir requisitos extra, más allá de los que ya ponga la Secretaría. La Secretaría sí puede hacer acuerdos con estados o municipios para que juntos vigilen que se cumplan esas reglas al mover estos productos.

Texto oficial

Artículo 67.- Corresponde a la Federación por conducto de la Secretaría, ejercer de manera exclusiva la atribución de determinar los requisitos zoosanitarios que deben observar los interesados en movilizar mercancías reguladas en el territorio nacional, por lo que las autoridades estatales o municipales no podrán exigir mayores requisitos que los establecidos por la propia Secretaría. La Secretaría podrá suscribir convenios o acuerdos de coordinación con los gobiernos de los Estados o del Distrito Federal, con la participación, en su caso, de los municipios, con el objeto de coordinar acciones para la vigilancia del cumplimiento de las medidas zoosanitarias que en materia de movilización de mercancías reguladas determine la Secretaría.

Ver texto oficial de la LEY Federal de Sanidad Animal (pág. 30) ↗

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