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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFSP/49
Ley
LEY Federal de Seguridad Privada
Artículo
49

Artículo 49 de la LEY Federal de Seguridad Privada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si una empresa contrata a otra para que haga el monitoreo que le pidieron, la responsable sigue siendo la primera empresa, o sea la que tú contrataste originalmente. Además, la empresa que hace el monitoreo (la subcontratada) también tiene que cumplir con todo lo que dice esta ley. En pocas palabras, si algo sale mal, la culpa es de quien te prestó el servicio, aunque lo haya delegado. Esto aplica desde agosto de 2011, cuando se agregó este artículo.

Texto oficial

Artículo 49. En caso de que un prestador de servicios subcontrate el servicio de monitoreo, la responsabilidad recae sobre el prestador que contrató el prestatario. El prestador de servicios subcontratado deberá cumplir con lo establecido en la presente ley. Artículo adicionado DOF 05-08-2011

Ver texto oficial de la LEY Federal de Seguridad Privada (pág. 21) ↗

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