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Ley
LEY Federal de Sanidad Vegetal
Artículo
47-J

Artículo 47-J de la LEY Federal de Sanidad Vegetal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Agricultura puede ponerse de acuerdo con la Secretaría de Salud para revisar y controlar las plantas, frutas o verduras que vienen del extranjero, si estas podrían ser un peligro para tu salud. Esto significa que, cuando entran productos del campo de otros países, ambas dependencias trabajan juntas para asegurarse de que no te hagan daño.

Texto oficial

Artículo 47-J.- La Secretaría podrá coordinarse con la Secretaría de Salud para el control de los vegetales de importación que pudieran constituir un riesgo para la salud humana. Artículo adicionado DOF 26-07-2007

Ver texto oficial de la LEY Federal de Sanidad Vegetal (pág. 23) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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