Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFT/108
- Ley
- Ley Federal del Trabajo
- Artículo
- 108
Artículo 108 de la Ley Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El sueldo te lo deben pagar exactamente donde trabajas, no en otro lado. No pueden obligarte a ir a la oficina central, a un banco lejano o a cualquier otro sitio para recibir tu lana. La paga tiene que entregarse en tu lugar de trabajo, así evitas gastos o molestias de andar yendo a otro lado.
Texto oficial
Artículo 108.- El pago del salario se efectuará en el lugar donde los trabajadores presten sus servicios.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.