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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFT/108
Ley
Ley Federal del Trabajo
Artículo
108

Artículo 108 de la Ley Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El sueldo te lo deben pagar exactamente donde trabajas, no en otro lado. No pueden obligarte a ir a la oficina central, a un banco lejano o a cualquier otro sitio para recibir tu lana. La paga tiene que entregarse en tu lugar de trabajo, así evitas gastos o molestias de andar yendo a otro lado.

Texto oficial

Artículo 108.- El pago del salario se efectuará en el lugar donde los trabajadores presten sus servicios.

Ver texto oficial de la Ley Federal del Trabajo (pág. 28) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.