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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFT/129
Ley
Ley Federal del Trabajo
Artículo
129

Artículo 129 de la Ley Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El dinero que te toca de reparto de utilidades no cuenta como parte de tu sueldo. Esto significa que, cuando te toque liquidación o alguna otra indemnización, no van a incluir ese dinero para calcular lo que te deben pagar. Solo toman el salario normal que recibes cada día o cada semana.

Texto oficial

Artículo 129.- La participación en las utilidades a que se refiere este capítulo no se computará como parte del salario, para los efectos de las indemnizaciones que deban pagarse a los trabajadores.

Ver texto oficial de la Ley Federal del Trabajo (pág. 33) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.