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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFT/146
Ley
LEY Federal del Trabajo
Artículo
146

Artículo 146 de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tú eres trabajador y decides inscribirte por tu cuenta al seguro social (aunque no sea obligatorio para ti), puedes aportar dinero al fondo de vivienda (el Infonavit). Eso te sirve para que después puedas pedir un crédito barato y suficiente para comprar, construir o mejorar tu casa. Las reglas para ese crédito las pone el mismo organismo que maneja todo esto, que es el que menciona el artículo 138 de esta ley.

Texto oficial

Artículo 146.- Las personas trabajadoras que se hayan inscrito voluntariamente al régimen obligatorio de la Ley del Seguro Social, podrán realizar aportaciones al Fondo Nacional de la Vivienda, que les LEY FEDERAL DEL TRABAJO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-05-2026 43 de 457 permitan obtener un crédito barato y suficiente, conforme lo determine el organismo a que se refiere el artículo 138 de esta Ley. Artículo reformado DOF 24-04-1972, 01-05-2019, 29-11-2023

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 42) ↗

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