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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFT/153-D
Ley
LEY Federal del Trabajo
Artículo
153-D

Artículo 153-D de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tu jefe te da capacitación o adiestramiento para que aprendas mejor tu trabajo, tú tienes tres obligaciones: primero, llegar puntual a los cursos, juntas o actividades que te pidan. Segundo, hacer caso a los instructores y seguir el programa de estudio. Tercero, presentar los exámenes que te apliquen para ver qué tanto aprendiste.

Texto oficial

Artículo 153-D. Los trabajadores a quienes se imparta capacitación o adiestramiento están obligados a: I. Asistir puntualmente a los cursos, sesiones de grupo y demás actividades que formen parte del proceso de capacitación o adiestramiento; II. Atender las indicaciones de las personas que impartan la capacitación o adiestramiento, y cumplir con los programas respectivos; y III. Presentar los exámenes de evaluación de conocimientos y de aptitud o de competencia laboral que sean requeridos. Artículo adicionado DOF 28-04-1978. Reformado DOF 30-11-2012

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 45) ↗

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