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Ley
LEY Federal del Trabajo
Artículo
173

Artículo 173 de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las autoridades del trabajo, tanto federales como locales, tienen la obligación de vigilar y proteger de manera especial a los menores que trabajan. Esto significa que deben asegurarse de que sus derechos no sean violados y de que trabajen en condiciones seguras. Además, la Secretaría del Trabajo, junto con los gobiernos de los estados, debe crear programas para encontrar y eliminar el trabajo infantil. O sea, buscan que ningún niño o niña tenga que trabajar y puedan dedicarse a estudiar o jugar.

Texto oficial

Artículo 173.- El trabajo de los menores queda sujeto a vigilancia y protección especiales de las autoridades del trabajo tanto federales como locales. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social en coordinación con las autoridades del trabajo en las entidades federativas, desarrollarán programas que permitan identificar y erradicar el trabajo infantil. Artículo reformado DOF 30-11-2012

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 55) ↗

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