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Artículo 173 de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Las autoridades del trabajo, tanto federales como locales, tienen la obligación de vigilar y proteger de manera especial a los menores que trabajan. Esto significa que deben asegurarse de que sus derechos no sean violados y de que trabajen en condiciones seguras. Además, la Secretaría del Trabajo, junto con los gobiernos de los estados, debe crear programas para encontrar y eliminar el trabajo infantil. O sea, buscan que ningún niño o niña tenga que trabajar y puedan dedicarse a estudiar o jugar.

Texto oficial

Artículo 173.- El trabajo de los menores queda sujeto a vigilancia y protección especiales de las autoridades del trabajo tanto federales como locales. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social en coordinación con las autoridades del trabajo en las entidades federativas, desarrollarán programas que permitan identificar y erradicar el trabajo infantil. Artículo reformado DOF 30-11-2012

Ver ley oficial en el DOF (pág. 55) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.