Artículo 178 de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Está prohibido que un adolescente menor de 18 años trabaje horas extra, los domingos o en días de descanso obligatorio. Si un patrón te obliga a eso, las horas extra te las tienen que pagar al triple de tu salario normal (el 200% extra). Y por trabajar en domingo o día de descanso, te deben pagar conforme a lo que dicen otros artículos de la ley. Así que, básicamente, no te pueden hacer trabajar fuera de tu horario normal ni en esos días, y si lo hacen, te deben pagar mucho más.
Texto oficial
Artículo 178. Queda prohibida la utilización del trabajo de los menores de dieciocho años, en horas extraordinarias y en los días domingos y de descanso obligatorio. En caso de violación de esta prohibición, las horas extraordinarias se pagarán con un doscientos por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada, y el salario de los días domingos y de descanso obligatorio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 73 y 75. Artículo reformado DOF 12-06-2015
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.