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Artículo 179 de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si tienes menos de 18 años, la ley te da por lo menos 18 días de vacaciones al año. Esos días son pagados, es decir, te pagan normal aunque no vayas a trabajar. La jornada se cuenta por días hábiles, que son los que normalmente trabajas (no cuentan domingos ni días festivos). Esto aplica para cualquier trabajo, sin importar si es medio tiempo o completo.

Texto oficial

Artículo 179. Los menores de dieciocho años, disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas de dieciocho días laborables, por lo menos. Artículo reformado DOF 12-06-2015

Ver ley oficial en el DOF (pág. 58) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.