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Ley
LEY Federal del Trabajo
Artículo
245

Artículo 245 de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Antes de que se apruebe el reglamento interno de trabajo, la Autoridad Registral le va a pedir su opinión a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Esto es para asegurarse de que ese reglamento no vaya en contra de lo que dice la Ley de Vías Generales de Comunicaciones y sus reglamentos. En pocas palabras, tienen que checar que todo esté alineado con esas reglas de transporte y comunicaciones antes de darle el visto bueno al reglamento de trabajo.

Texto oficial

Artículo 245.- La Autoridad Registral, previamente a la aprobación del reglamento interior de trabajo, recabará la opinión de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a fin de que en el mismo se observen las disposiciones de la Ley de Vías Generales de Comunicaciones y sus reglamentos. Artículo reformado DOF 01-05-2019

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 69) ↗

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