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Artículo 26 de la Ley Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si el patrón no te da por escrito el contrato de trabajo o los cambios en tus condiciones laborales, eso no significa que pierdas tus derechos laborales. Todo lo que hayas trabajado cuenta legalmente, aunque no esté en un papel. La ley dice que la culpa de que falte ese documento es del patrón, no tuya. Así que tú siempre tendrás derecho a todas las prestaciones que te correspondan por ley.

Texto oficial

Artículo 26.- La falta del escrito a que se refieren los artículos 24 y 25 no priva al trabajador de los derechos que deriven de las normas de trabajo y de los servicios prestados, pues se imputará el patrón la falta de esa formalidad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.