- Ley
- LEY Federal del Trabajo
- Artículo
- 266
Artículo 266 de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
En los contratos colectivos (acuerdos entre una empresa y un grupo de trabajadores) se tiene que especificar claramente qué tipo de trabajos o tareas cubre ese contrato. También se debe dejar bien claro en qué se diferencian esas actividades de las que hacen otros empleados. Esto evita confusiones sobre qué labores le tocan a cada quién.
Texto oficial
Artículo 266.- En los contratos colectivos se determinarán las maniobras objeto de los mismos, distinguiéndose de las que correspondan a otros trabajadores.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.