- Ley
- LEY Federal del Trabajo
- Artículo
- 269
Artículo 269 de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si varias personas (como socios, dueños o contratistas) ponen los trabajos que están en este capítulo de la ley, todas son responsables de pagar los sueldos y compensaciones a los trabajadores. Esto aplica aunque solo una de ellas haya dado las órdenes. Significa que si una no paga, las otras tienen que cubrirlo. Los trabajadores pueden cobrarle a cualquiera de ellas.
Texto oficial
Artículo 269.- Las personas a que se refiere el artículo anterior, que en forma conjunta ordenen los trabajos comprendidos en este capítulo, son solidariamente responsables por los salarios e indemnizaciones que correspondan a los trabajadores, por los trabajos realizados.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.