Artículo 291-F de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando trabajas en aplicaciones como Uber, Didi o Rappi, tu pago se calcula por cada tarea, viaje o servicio que realices, no por horas. Ese pago ya incluye una parte proporcional de tu descanso semanal, vacaciones, prima vacacional, aguinaldo y horas extra, así que no te pagarán nada extra por esos conceptos. Para el IMSS o Infonavit, las propinas que recibes no se toman en cuenta para calcular tus cuotas, es decir, no aumentan tu salario base de cotización. La Secretaría del Trabajo va a publicar reglas para definir cómo se calcula el ingreso neto que se menciona en otra parte de la ley.
Texto oficial
Artículo 291-F.- El salario en el trabajo en plataformas se fijará por tarea, servicio, obra o trabajo realizado. En atención a la naturaleza flexible del trabajo, dicho pago contemplará el proporcional de día de descanso semanal, vacaciones, prima vacacional, aguinaldo y horas extras, sin que proceda el pago o reconocimiento de algún valor adicional por cualquiera de esos conceptos. Para efectos del cálculo de cuotas de seguridad social, no se considerarán como parte integrante del salario base de cotización los montos que las personas trabajadoras de plataformas digitales reciban por concepto de propinas. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social expedirá las disposiciones de carácter general que determinen los procedimientos relativos al cálculo del ingreso neto al que se refiere el artículo 291-C de esta Ley. Artículo adicionado DOF 24-12-2024
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.