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Artículo 291-L de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres trabajador de plataformas como Uber, Rappi o Didi, tienes estas obligaciones: seguir las reglas de seguridad y salud en el trabajo, y también las de seguridad vial si aplica. Debes cuidar muy bien cualquier herramienta o material que te den, y entregar tus trabajos o servicios a tiempo y en el lugar acordado. También tienes que usar los sistemas de la app para registrar tus horas trabajadas y estar en contacto con la empresa. Prohíben que actúes con deshonestidad, que discrimines a clientes o compañeros, o que cometas violencia, hostigamiento o acoso sexual.

Texto oficial

Artículo 291-L.- Las personas trabajadoras en plataformas digitales, tienen las obligaciones especiales siguientes: I. Conducirse con apego a las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo, así como de seguridad vial, en su caso, de acuerdo con la normativa vigente y las establecidas por el patrón; II. Poner el mayor cuidado en la guarda, conservación y entrega de insumos, las tareas, servicios, obras o trabajos mandatados durante el tiempo efectivamente trabajado; III. Recibir, entregar y prestar las tareas, servicios, obras o trabajos aceptados a través de la plataforma digital en los horarios, condiciones y lugares convenidos; IV. Atender y utilizar los mecanismos y sistemas de las plataformas digitales para el seguimiento de la conexión y de las horas laboradas, así como en su caso para la comunicación con la plataforma; V. En su caso, aportar los instrumentos necesarios para la correcta entrega de las tareas, servicios, obras o trabajos instruidos por el patrón; LEY FEDERAL DEL TRABAJO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-05-2026 87 de 457 VI. Atender las políticas y mecanismos de protección de datos utilizados en el desempeño de sus actividades, así como las restricciones sobre su uso, y VII. Conducirse con probidad, honradez y abstenerse de realizar prácticas de discriminación, violencia laboral, hostigamiento y acoso sexual u otros análogos, durante y con motivo del trabajo. Artículo adicionado DOF 24-12-2024

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 86) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.