Artículo 294 de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Pues mira, el artículo 294 dice que tu patrón y tú pueden ponerse de acuerdo para que te paguen de distintas maneras. Puede ser por horas, días o semanas (por unidad de tiempo), por cada trabajo o evento que hagas, o solo por temporadas como en la cosecha o las ventas de fin de año. Es decir, no siempre te tienen que pagar igual cada mes; depende de cómo lo acuerden.
Texto oficial
Artículo 294.- El salario podrá estipularse por unidad de tiempo, para uno o varios eventos o funciones, o para una o varias temporadas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.